Argentina habilita la producción de flores de cáñamo con hasta 1% de THC
La ARICCAME creó un nuevo régimen de licencias para producir, acondicionar y comercializar inflorescencias y biomasa de cannabis no psicoactivo. La medida abre una nueva etapa para el desarrollo de flores ricas en CBD en Argentina.
La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) publicó la Resolución 69/2026, que establece por primera vez un régimen específico para la producción y comercialización de inflorescencias, biomasa y material vegetal de cáñamo con fin hortícola.
La medida alcanza a plantas de Cannabis sativa L. consideradas no psicoactivas, es decir, aquellas que contienen hasta un 1% de THC. En la práctica, esto abre el camino para la producción legal de flores de cáñamo con altos niveles de CBD u otros cannabinoides no psicoactivos, una actividad que hasta ahora no contaba con un régimen específico.
El nuevo esquema contempla cuatro tipos de licencias: producción agrícola, elaboración de productos derivados, servicios conexos y comercio exterior. Las licencias tendrán una duración de cinco años, con una validación anual.
La producción deberá realizarse en ambientes protegidos, sin cultivo a cielo abierto, y estará sujeta a un sistema de trazabilidad por lotes, análisis del material vegetal, registros de stock y controles de THC.
Las inflorescencias y la biomasa podrán integrarse posteriormente a cadenas destinadas a productos medicinales, nutricionales, cosméticos, veterinarios o industriales. Sin embargo, la licencia de ARICCAME no reemplaza las habilitaciones que puedan exigir organismos como ANMAT o SENASA para cada producto final.
La resolución representa un paso relevante para completar la regulación de la cadena del cáñamo argentino. Hasta ahora existían regímenes para semillas, grano y fibra, y recientemente se había avanzado también sobre semillas, plantines y esquejes. Con esta nueva normativa se incorpora uno de los segmentos de mayor valor económico de la planta: la flor y la biomasa cannabinoide.
La Resolución 69/2026 fue publicada el 3 de septiembre y entrará en vigencia 30 días hábiles administrativos después de su publicación